Etiquetado de alimentos

1 MARZO 2021

En esta nueva publicación de la Escuela de Familias en Agroalimentación, queremos destacar la importancia de la información alimentaria facilitada al consumidor. Ante la amplia variedad de productos a nuestro alcance, la información reflejada en el etiquetado es la clave para ayudarnos a decidir nuestras compras y hacer un buen uso de ellos.

Desde la Alianza Agroalimentaria Aragonesa (AAA) y el Instituto Agroalimentario de Aragón (IA2), te recomendamos el siguiente artículo:

Etiquetado de alimentos

La etiqueta que acompaña a los alimentos es una información que el consumidor debe conocer, utilizar y aprovechar al máximo. No en vano, el etiquetado de alimentos es un importante medio de comunicación entre los productores de alimentos y los consumidores finales. A la hora de comprar alimentos, algunos consumidores no prestan atención a la información de las etiquetas, simplemente se guían por la publicidad o por los reclamos más llamativos de los envases. Sin embargo, no leer la etiqueta de los alimentos es un error, porque estamos pasando por alto información que es clave para nuestra salud, y también para nuestro bolsillo. Por ejemplo, hay alimentos que, por la publicidad o la presentación, tienen una imagen de “saludables” o “ligeros” y, sin embargo, su contenido en grasa o en azúcar puede ser muy elevado. Compruébalo y, si es así, reduce o evita su consumo para evitar riesgos para la salud.

La base de un etiquetado correcto que se ajuste a la normativa vigente, es no inducir a error al consumidor y ayudarle a tomar la mejor decisión de compra con conocimiento de causa en función de sus necesidades. Para lograrlo, la información alimentaria será precisa, clara y fácil de comprender para el consumidor. Por todo ello, las etiquetas deben cumplir las condiciones fijadas por la normativa, destacando las siguientes:

• Expresar con claridad las características del producto y, en particular, sobre la naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad, duración, país de origen o lugar de procedencia, y modo de fabricación o de obtención.

• No atribuir al alimento efectos o propiedades que no posea, o que las tenga en cantidad poco significativa.

• No atribuir a un producto las propiedades de prevenir, tratar o curar ninguna enfermedad humana, ni hacer referencia a tales propiedades, salvo las excepciones previstas en la normativa europea (productos dietéticos y aguas minerales)

Indicaciones

En las etiquetas de los alimentos, es obligatorio mencionar varias indicaciones, entre las que destacan:

1/ Denominación del alimento (o nombre de venta), es decir, la denominación legal del producto, que no puede ser sustituida por una marca comercial o denominación de fantasía. Esta denominación nos aclara ante qué producto nos encontramos realmente, con independencia de su presentación o reclamo comercial. En general, las denominaciones de los alimentos están definidas legalmente, y cada una de ellas hace referencia a unas determinadas cualidades (por ejemplo, no es lo mismo “zumo” que “néctar”). En algunos casos, la denominación del alimento debe ir acompañada de menciones específicas, como, por ejemplo, producto “descongelado”, o “tratado con radiación ionizante”. Atención a alimentos en los que un componente o ingrediente que los consumidores esperan que haya sido habitualmente utilizado, se ha sustituido por otro componente o ingrediente (por ejemplo, un “producto para gratinar” con apariencia de queso, pero que no es queso y contiene grasas vegetales).

También existen menciones obligatorias adicionales para categorías o tipos específicos de alimentos. Por ejemplo, los alimentos que contengan más de un 10 % de polialcoholes añadidos, deberán incluir la mención “un consumo excesivo puede producir efectos laxantes”.

2/ Lista de ingredientes, en la que se incluirán todos los ingredientes del alimento, en orden decreciente de peso. Por tanto, cuanto antes aparezca en la lista, más cantidad de dicho ingrediente posee. Asimismo, cuando hay muchos ingredientes, seguramente será un alimento muy procesado. Este es un apartado complicado porque existen varias normas técnicas de aplicación, así como una serie de alimentos para los que no se exige lista de ingredientes. En ocasiones, un componente como el azúcar, cuyo consumo debe ser moderado, puede estar “disfrazado” con términos como melaza, sirope, jarabe, almíbar, dextrosa, maltodextrina, etc.

3/ Todo componente que figure en la lista de sustancias o productos que causan alergias o intolerancias, o que derive de ellos. Esta lista incluye: cereales que contengan gluten, pescado, crustáceos, moluscos, huevos, cacahuetes, soja, leche (incluida la lactosa), frutos secos (almendras, avellanas, nueces, pistachos, etc.), apio, mostaza, granos de sésamo, altramuces y los productos derivados de todos los mencionados, así como los aditivos dióxido de azufre y sulfitos en ciertas concentraciones.

La denominación de las sustancias o productos que causan alergias o intolerancias se destacará en la lista de ingredientes mediante una composición tipográfica que la diferencie claramente del resto, por ejemplo, mediante el tipo de letra, el estilo o el color de fondo. Si no hay lista de ingredientes, se mencionará la palabra “contiene” seguida del nombre de la sustancia o el producto (por ejemplo, un vino con la indicación “contiene sulfitos”).

4) Cantidad neta del alimento.

5) Fecha de duración mínima (consumo preferente) o la fecha de caducidad. En el caso de alimentos microbiológicamente muy perecederos y que por ello puedan suponer un peligro inmediato para la salud humana después de un corto período de tiempo, se indicará la fecha de caducidad. Por tanto, si la fecha de caducidad ya ha pasado, el alimento no deberá consumirse en ningún caso.

6) Condiciones de conservación y utilización del producto.

7) Identificación de la empresa alimentaria (fabricante, envasador o vendedor), con su nombre o la razón social y la dirección.

8) País de origen o lugar de procedencia cuando así esté previsto en la normativa, por ejemplo, en la carne fresca, leche, frutas y hortalizas, aceite de oliva, vino, etc.

9) Información nutricional, que incluirá el valor energético (kilocalorías y kilojulios), y las cantidades (gramos) de grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal, expresadas por 100 gramos o 100 ml. Esta información podrá completarse con la indicación de la cantidad de otras sustancias, como por ejemplo fibra alimentaria, vitaminas y minerales. Asimismo, hay nuevas herramientas de etiquetado frontal de los alimentos para fomentar el consumo saludable, como el sistema Nutriscore, un cambio en el etiquetado de los alimentos envasados que permitirá a los consumidores conocer si lo que compran es más o menos saludable. Siempre teniendo en cuenta que no hay alimentos buenos y malos, sino dietas o patrones alimentarios saludables (como la dieta mediterránea) y erróneos.

Imagen: Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición

Las políticas de salud pública encaminadas a la prevención y manejo de las enfermedades crónicas y las estrategias comunitarias de promoción de la salud deben considerar de forma prioritaria la adecuación de la dieta, mantener niveles adecuados del índice de masa corporal, aumentar la actividad física y reducir el sedentarismo. Las enfermedades crónicas relacionadas con nuestra dieta (cardiovasculares, obesidad, síndrome metabólico, diabetes de tipo 2…) tienen que ver con el consumo excesivo de energía (calorías), azúcar, grasa, grasa saturada y sal, entre otros factores. Por tanto, debemos buscar estos datos en la información nutricional, que es esencial para tener una dieta saludable, y vigilar no sobrepasar la cantidad recomendada de estas sustancias. Por todo ello, es importante que, además de conocer el etiquetado, los consumidores reciban educación nutricional, para saber interpretar correctamente la información y elegir un patrón alimentario saludable.

Con la colaboración de:

Dr. Agustín A. Ariño Moneva

Catedrático de Nutrición y Bromatología de la Universidad de Zaragoza.

A06_20R-Análisis y evaluación de la seguridad alimentaria (AESA)

Instituto Agroalimentario de Aragón – IA2

Y por último, si quieres ampliar información, os recomendamos que visitéis la web “El etiquetado cuenta mucho” de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.